Despido laboral: qué hacer en las primeras 24 horas

Te acaban de comunicar el despido. La primera reacción es el shock, y es comprensible. Pero lo que hagas —o no hagas— en las próximas horas puede marcar la diferencia entre recuperar lo que te corresponde o perder ese derecho para siempre.

Esta guía explica, paso a paso, qué hacer desde el momento en que recibes la carta de despido. Sin tecnicismos innecesarios, con los plazos exactos y las acciones concretas.

Lo primero: no firmes nada todavía

Cuando la empresa te entrega la carta de despido, es habitual que te pidan que firmes un documento. Antes de firmar cualquier cosa, tienes derecho a leer con calma lo que te están dando. Si firmas el finiquito con la mención "saldo y finiquito" sin añadir nada, podrías estar renunciando a reclamar diferencias.

Lo correcto en ese momento es escribir a mano junto a tu firma: "no conforme". Esto no impide que cobres el finiquito, pero preserva tu derecho a reclamar si las cantidades son incorrectas. Nunca firmes documentos que no hayas leído, y si no entiendes algo, pide tiempo para consultarlo con un abogado.

Lee la carta de despido con atención

La carta de despido debe cumplir requisitos formales. Según el art. 55 del Estatuto de los Trabajadores, el despido disciplinario debe comunicarse por escrito, con los hechos que lo motivan y la fecha de efectos. Un despido verbal o sin carta escrita puede ser declarado improcedente por incumplimiento formal.

Presta atención a estos puntos:

  • Motivo del despido: ¿es disciplinario, objetivo o por causas de la empresa (ERTE/ERE)?
  • Fecha de efectos: desde ese día empieza a correr el plazo de 20 días hábiles para actuar.
  • Indemnización ofrecida: comprueba si la cantidad es correcta o si hay errores en el cálculo de antigüedad.

El plazo de 20 días hábiles: no hay margen de error

Este es el dato más importante de toda esta guía. Desde la fecha de efectos del despido tienes 20 días hábiles para presentar la papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Si dejas pasar ese plazo, pierdes el derecho a impugnar el despido, salvo causas muy excepcionales.

Los días hábiles excluyen sábados, domingos y festivos nacionales y locales. En la práctica son unas cuatro semanas naturales, pero si el mes tiene festivos, el plazo se acorta. Cuenta desde el día siguiente a la fecha de efectos del despido, no desde que recibes la carta.

No esperes a última hora. Los abogados laboralistas necesitan tiempo para revisar tu expediente, calcular tu indemnización y preparar correctamente la papeleta.

Qué documentos necesitas reunir ahora

Reúne todo lo que puedas en las primeras 24–48 horas, mientras aún tienes acceso al correo corporativo y a los sistemas de la empresa:

  • La carta de despido (original o copia)
  • Tu contrato de trabajo y cualquier novación o modificación posterior
  • Las últimas 12 nóminas — necesarias para calcular correctamente la base de cotización y la indemnización
  • Emails o comunicaciones relevantes que documenten las circunstancias del despido
  • El convenio colectivo de tu empresa — tu abogado lo necesitará para revisar si se han respetado las condiciones pactadas
  • Certificado de empresa para solicitar el paro, que la empresa debe entregarte en el plazo legal

Solicita el paro sin esperar

El subsidio por desempleo hay que solicitarlo en el SEPE en los 15 días hábiles siguientes a la fecha de extinción del contrato. Si esperas más, pierdes días de prestación. La solicitud se puede hacer online con certificado digital o presencialmente con cita previa.

Para solicitarlo necesitas el certificado de empresa que tu empleador tiene la obligación de entregarte. Si no lo hace, el SEPE puede reclamarlo directamente a la empresa.

Calcula qué indemnización te corresponde

La indemnización por despido varía según el tipo de despido:

  • Despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Para la antigüedad anterior al 12 de febrero de 2012, se aplican 45 días por año con tope de 42 mensualidades.
  • Despido objetivo procedente: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
  • Despido nulo: no hay indemnización, sino readmisión obligatoria con abono de los salarios de tramitación durante el proceso judicial.

Para calcular el salario diario, divide el salario bruto anual (incluyendo pagas extra y complementos consolidados) entre 365. Multiplica por los días de indemnización correspondientes por cada año trabajado. Un abogado laboralista puede detectar errores frecuentes en este cálculo: antigüedad mal computada, complementos no incluidos, categoría profesional incorrecta.

¿Cuándo es improcedente un despido?

Un despido es improcedente cuando la empresa no acredita la causa alegada o incumple los requisitos formales. Es el resultado más habitual de impugnar un despido disciplinario. Cuando el juez lo declara improcedente, la empresa puede elegir entre readmitirte o pagarte la indemnización de 33 días por año.

Un despido es nulo cuando vulnera derechos fundamentales: despido durante el embarazo, la baja médica cuando se acredita que es el motivo real, por actividad sindical o por discriminación según la Ley 15/2022 de igualdad de trato. La nulidad obliga a la readmisión y al pago de los salarios de tramitación.

El proceso paso a paso desde el despido hasta la sentencia

El proceso laboral en España sigue siempre el mismo orden:

  1. Papeleta de conciliación ante el SMAC — obligatoria antes de la demanda. La empresa tiene 15 días para comparecer. Si no hay acuerdo, se extiende acta de "intentada sin efecto".
  2. Demanda ante el Juzgado de lo Social — se presenta en los 20 días hábiles desde el despido (el plazo corre mientras tramitas la conciliación). El juzgado señala juicio habitualmente en 3–9 meses según la ciudad.
  3. Juicio oral — ambas partes exponen su posición y aportan pruebas. El juez emite sentencia en 15–30 días hábiles.
  4. Recurso de suplicación — si alguna parte no está conforme, puede recurrir ante el TSJ de su comunidad. Añade 8–14 meses adicionales.

La mayoría de los despidos se resuelven en la fase de conciliación previa: el SMAC tiene una tasa de acuerdo superior al 55 % en despidos. Un buen abogado laboralista puede conseguir en conciliación una indemnización equivalente o incluso superior a la que daría el juicio, sin el coste y la espera de un proceso completo.

¿Necesito abogado para impugnar un despido?

Para la conciliación previa y el juicio en primera instancia en el Juzgado de lo Social no es técnicamente obligatorio llevar abogado (aunque sí es recomendable). Para recursos de suplicación ante el TSJ o casación ante el Tribunal Supremo, la asistencia letrada es obligatoria.

En la práctica, ir sin abogado a la conciliación es ir sin información real sobre lo que te corresponde. Las empresas suelen acudir con sus letrados. La diferencia entre una buena y una mala conciliación puede ser de varios miles de euros.

Muchos abogados laboralistas trabajan a resultado: cobran un porcentaje de la indemnización que consiguen (habitualmente 10–20 %), sin coste inicial. Eso significa que puedes acceder a un abogado profesional sin pagar por adelantado.

Qué pasa si no hago nada

Si dejas pasar los 20 días hábiles sin presentar la papeleta de conciliación, el despido se considera consentido y pierdes el derecho a impugnarlo. La empresa habrá cerrado el expediente con la indemnización que ella misma calculó, sin posibilidad de revisión judicial.

El plazo es absoluto. No importa que hayas estado de vacaciones, que hayas esperado para reunir documentación o que no supieras que existía ese plazo. Por eso es fundamental actuar en las primeras horas.

Busca un laboralista en tu ciudad

Cada ciudad tiene sus propios Juzgados de lo Social, sus plazos de señalamiento y sus convenios dominantes. Un abogado laboralista que conoce el juzgado donde se va a tramitar tu caso aporta una ventaja real.

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Redactora en Keatia

Colaborador de Keatia especializado en contenido legal y recursos para profesionales del derecho.

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