Elena Navarro García
02-03-2026
Gastos extraordinarios de los hijos tras el divorcio: quién paga y cómo reclamar
Ortodoncia, campamentos de verano, clases de refuerzo, actividades extraescolares nuevas... Después de un divorcio, surgen gastos de los hijos que no estaban previstos en la sentencia. ¿Quién paga los gastos extraordinarios de los hijos? Es una de las fuentes de conflicto más frecuentes entre exparejas. En este artículo te aclaramos qué dice la ley, qué ejemplos se consideran gastos extraordinarios y cómo actuar si hay desacuerdo.
¿Qué son los gastos extraordinarios?
Los gastos extraordinarios son aquellos que no están cubiertos por la pensión de alimentos y que surgen de forma imprevista, necesaria y no periódica. A diferencia de los gastos ordinarios (alimentación, vivienda, ropa, colegio, material escolar), los extraordinarios no se pueden prever cuando se fija la pensión.
La jurisprudencia española distingue entre dos tipos:
- Gastos extraordinarios necesarios: son imprescindibles para el bienestar del menor (tratamiento médico no cubierto por la sanidad pública, gafas, logopedia). No requieren consentimiento previo del otro progenitor.
- Gastos extraordinarios no necesarios: son beneficiosos pero prescindibles (campamento, viaje escolar, actividad extraescolar nueva). Requieren acuerdo previo entre ambos progenitores.
Ejemplos concretos: ¿qué es gasto ordinario y qué es extraordinario?
Gastos ordinarios (incluidos en la pensión)
- Alimentación, vestimenta y calzado.
- Vivienda y suministros básicos.
- Material escolar y libros de texto.
- Comedor escolar habitual.
- Transporte escolar.
- Actividades extraescolares que ya existían antes de la separación.
- Medicamentos habituales.
Gastos extraordinarios necesarios
- Tratamiento de ortodoncia.
- Gafas o lentes de contacto.
- Tratamiento psicológico del menor.
- Logopedia o terapia ocupacional.
- Intervenciones quirúrgicas no cubiertas por la Seguridad Social.
- Prótesis o aparatos médicos.
Gastos extraordinarios no necesarios
- Campamentos de verano.
- Viajes escolares o de fin de curso.
- Nuevas actividades extraescolares.
- Clases particulares de refuerzo.
- Carnet de conducir.
- Matrícula universitaria o máster (según el caso).
¿Quién paga los gastos extraordinarios?
Como regla general, los gastos extraordinarios se pagan a medias (50%) entre ambos progenitores, salvo que la sentencia o el convenio regulador establezca otra proporción.
Sin embargo, hay matices importantes:
- Los gastos necesarios se abonan al 50% incluso sin acuerdo previo.
- Los gastos no necesarios solo se comparten si ambos progenitores los han aprobado previamente.
Para entender mejor cómo se calculan las cuantías habituales, puedes consultar nuestra guía sobre pensión alimenticia según nómina.
¿Cómo reclamar el pago de gastos extraordinarios?
Paso 1: Comunica el gasto al otro progenitor
Antes de asumir cualquier gasto extraordinario no necesario, notifica al otro progenitor por escrito (WhatsApp, email, burofax). Explica el gasto, su motivo y solicita su conformidad. Guarda siempre prueba de la comunicación.
Paso 2: Si hay acuerdo, comparte los gastos
Si ambos estáis de acuerdo, dividid el coste según lo que establezca la sentencia (normalmente al 50%). Guarda los justificantes de pago.
Paso 3: Si no hay acuerdo
Si el otro progenitor se niega a pagar su parte, tienes varias opciones:
- Mediación familiar: un mediador puede ayudaros a llegar a un acuerdo sin ir a juicio.
- Ejecución de sentencia: si la sentencia especifica cómo se reparten los gastos extraordinarios, puedes solicitar al juzgado que obligue al pago.
- Demanda de reclamación: en última instancia, puedes demandar por el importe adeudado.
¿Qué dice la sentencia sobre los gastos extraordinarios?
Es fundamental revisar con detalle la sentencia de divorcio o el convenio regulador. Algunas sentencias incluyen una lista específica de qué se considera gasto extraordinario y cómo debe gestionarse.
Si tu sentencia no es clara al respecto, un abogado de familia puede ayudarte a interpretarla correctamente. Puedes preparar tu primera consulta con las preguntas adecuadas.
Gastos universitarios: ¿son ordinarios o extraordinarios?
El Tribunal Supremo ha establecido que los gastos de formación universitaria (matrícula, libros, transporte) se consideran gastos ordinarios y están incluidos en la pensión de alimentos mientras el hijo no sea económicamente independiente.
Sin embargo, un máster o formación complementaria puede considerarse extraordinario, especialmente si no es estrictamente necesario para la formación profesional del hijo.
¿Hasta cuándo se pagan gastos extraordinarios?
Al igual que la pensión de alimentos, los gastos extraordinarios deben asumirse mientras el hijo sea dependiente económicamente. Esto no se limita a la mayoría de edad (18 años), sino que se extiende mientras el hijo esté cursando estudios o no tenga ingresos propios suficientes.
La extinción de esta obligación puede solicitarse mediante una modificación de medidas, como explicamos en nuestra guía definitiva para divorciarse en España.
Consejos prácticos
- Siempre por escrito: cualquier comunicación sobre gastos extraordinarios debe quedar documentada.
- Guarda facturas y recibos: son la prueba esencial si hay que reclamar.
- No actúes unilateralmente en gastos no necesarios.
- Revisa tu sentencia: conoce exactamente qué dice sobre gastos extraordinarios.
- Anticípate: habla con tu expareja sobre gastos previsibles con antelación suficiente.
Conclusión
Los gastos extraordinarios de los hijos son una fuente habitual de conflicto tras un divorcio. La clave está en distinguir entre necesarios y no necesarios, comunicar siempre por escrito y, si no hay acuerdo, buscar asesoramiento legal.
Si necesitas un abogado de familia que te oriente, en Keatia puedes encontrar profesionales especializados en derecho de familia y reservar una consulta gratuita.
Elena Navarro García
Abogada especialista en Derecho Civil y Familia
Abogada colegiada con más de 15 años de experiencia en Derecho Civil, Familia y Sucesiones. Máster en Derecho de Familia por la Universidad Complutense de Madrid. Colabora con Keatia redactando contenido especializado sobre divorcios, custodia, herencias y reclamaciones civiles, combinando rigor jurídico con un lenguaje accesible para el ciudadano.