¿Puedo reclamar la pensión que he pagado de más?
Sofía
Pregunta
¿Puedo reclamar la pensión que he pagado de más?
Sofía
Pregunta
Si has estado pagando una pensión “de más” (por ejemplo, una pensión de alimentos o una compensatoria) es comprensible que te plantees si puedes recuperarlo. En muchos casos, la respuesta depende de por qué se pagó de más y de si hubo una resolución judicial o un acuerdo que lo respaldara.
En España, cuando existe una sentencia o un convenio regulador aprobado judicialmente, lo pagado suele considerarse debido mientras esa resolución esté vigente. Por eso, normalmente lo primero es comprobar si el “pago de más” se produjo porque:
En pensiones de alimentos, los tribunales suelen ser especialmente cautos con la devolución, porque se entienden destinadas a cubrir necesidades. Aun así, si el exceso se debe a un error claro (por ejemplo, transferencia duplicada) o a que se pagó sin causa, podría plantearse una reclamación. Aquí puede entrar en juego la acción por “cobro de lo indebido” del Código Civil (Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil) o, en su caso, una reclamación por enriquecimiento injusto.
En Illes Balears puede haber particularidades de derecho civil propio en materia de familia, pero en pensiones derivadas de rupturas y en reclamaciones de cantidades suelen aplicarse criterios muy similares a los generales; conviene revisar el caso con detalle.
Pasos que podrías seguir:
Un/a abogado/a de familia en Balears podrá indicarte qué vía es más adecuada según el tipo de pensión, la causa del exceso y las pruebas disponibles.
Esta información es orientativa y no constituye asesoramiento legal. Para tu caso específico, te recomendamos consultar con un abogado especializado.
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