Javier Herrera Campos
09-03-2026
Reagrupación familiar con nacionalidad española: requisitos
¿Qué es la reagrupación familiar?
La reagrupación familiar permite a los ciudadanos españoles traer a España a sus familiares extranjeros para que residan legalmente en el país. Es un derecho reconocido tanto por la legislación española como por la normativa europea.
¿A quién puedo reagrupar?
- Cónyuge o pareja de hecho registrada.
- Hijos menores de 21 años o mayores dependientes económicamente.
- Ascendientes (padres, abuelos) mayores de 65 años o que dependan económicamente del reagrupante.
Requisitos
- Medios económicos suficientes: Demostrar ingresos estables para mantener a la familia (generalmente el 150% del IPREM para el primer familiar y un 50% adicional por cada familiar extra).
- Vivienda adecuada: Informe de adecuación de vivienda emitido por el ayuntamiento o comunidad autónoma.
- Seguro médico: Para los familiares reagrupados (si no tienen derecho a sanidad pública).
Procedimiento
- Solicitud en la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia.
- Resolución: Plazo máximo de 3 meses.
- Visado: El familiar debe solicitar visado de residencia en el consulado español de su país.
- Entrada en España y toma de huellas para obtener la TIE.
Caso especial: reagrupar a los padres
Reagrupar a los padres es más restrictivo. Generalmente deben ser mayores de 65 años y demostrar dependencia económica. Sin embargo, existen excepciones por razones humanitarias.
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Javier Herrera Campos
Abogado especialista en Derecho Penal y Extranjería
Abogado penalista y experto en Derecho de Extranjería con más de 12 años de ejercicio profesional. Graduado en Derecho por la Universidad de Valencia y Máster en Derecho Penal Económico. Redacta contenido sobre procedimientos penales, delitos económicos, permisos de residencia y nacionalidad, aportando su experiencia práctica en tribunales.