Me han despedido: qué hago y qué derechos tengo

Me han despedido: ¿qué hago ahora?

Recibir una carta de despido es un golpe duro. La primera reacción es de confusión, quizás enfado, y muchas preguntas. ¿Tengo que firmar algo? ¿Cuánto me corresponde? ¿Puedo reclamar? En esta guía te explicamos paso a paso qué derechos tienes y qué debes hacer en los primeros días tras el despido.

Lo primero: no firmes nada que no entiendas

Cuando te entregan la carta de despido, la empresa puede pedirte que firmes el recibí. Puedes firmar el recibí añadiendo "no conforme", lo que acredita que has recibido la carta sin aceptar sus términos. Nunca firmes documentos que impliquen renuncia a derechos o reconocimiento de causas disciplinarias sin consultarlo antes con un abogado.

Tipos de despido en España

El tipo de despido determina la indemnización que te corresponde y las posibilidades de éxito si decides reclamar:

Despido disciplinario

La empresa alega que has incumplido tus obligaciones laborales (faltas de asistencia, rendimiento, transgresión de la buena fe contractual, etc.). Si el despido es considerado improcedente por el juez, cobrarás 33 días por año trabajado (con un máximo de 24 mensualidades). Si es declarado nulo (por discriminación, por ejemplo), tienes derecho a la readmisión inmediata o a una indemnización adicional.

Despido objetivo

La empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Es el más común en épocas de reestructuración. La indemnización base es de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Si se declara improcedente, sube a 33 días/año.

Despido colectivo (ERE)

Cuando afecta a un número significativo de trabajadores. Requiere período de consultas con los representantes de los trabajadores y la autoridad laboral. La indemnización mínima es igual que en el objetivo: 20 días por año.

¿Cuánto me corresponde de indemnización?

El cálculo básico de la indemnización por despido improcedente es:

33 días de salario bruto × años trabajados ÷ 365

Con un límite de 24 mensualidades. Para contratos anteriores al 12 de febrero de 2012, los años anteriores a esa fecha se calculan a 45 días/año (con un tope de 42 mensualidades para ese tramo).

Ejemplo práctico: Si llevas 5 años en la empresa con un salario bruto de 2.000 €/mes:

  • Salario diario bruto: 2.000 × 12 / 365 = 65,75 €
  • Indemnización: 33 × 65,75 × 5 = 10.848 €
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El plazo más importante: 20 días hábiles

Tienes 20 días hábiles desde la fecha efectiva del despido para impugnarlo (los sábados no cuentan, tampoco los festivos). Si dejas pasar ese plazo, el despido se considera consentido y pierdes el derecho a reclamar. Este es el plazo de caducidad más crítico del derecho laboral español.

Antes de acudir al juzgado, es obligatorio intentar la conciliación administrativa ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) de tu comunidad autónoma. La presentación de la papeleta de conciliación interrumpe el plazo de caducidad.

¿Merece la pena reclamar?

Depende de varios factores:

  • La solidez de las causas alegadas: ¿Tiene la empresa pruebas de lo que alega? ¿Las faltas disciplinarias están bien documentadas?
  • Tu antigüedad: A más años, mayor indemnización potencial.
  • Tu salario: La diferencia entre una indemnización procedente e improcedente es mayor cuanto más alto es el salario.
  • El coste emocional y económico del proceso: Un juicio laboral puede durar meses. Valora si la indemnización esperada justifica el esfuerzo.

En muchos casos, la empresa y el trabajador llegan a un acuerdo en conciliación sin necesidad de juicio. El acuerdo en el SMAC tiene fuerza ejecutiva y puede incluir una indemnización mayor que la ofertada inicialmente.

Qué hacer en los primeros días: checklist

  1. Firma el recibí añadiendo "no conforme" si no estás de acuerdo.
  2. Guarda todos los documentos: carta de despido, contrato, nóminas, emails relevantes.
  3. Solicita cita con un abogado laboralista (muchos ofrecen primera consulta gratuita).
  4. Solicita el certificado de empresa a RRHH para poder cobrar el paro.
  5. Date de alta como demandante de empleo en el SEPE dentro de los 15 días hábiles siguientes.
  6. Si vas a reclamar, presenta la papeleta de conciliación ante el SMAC antes de que expiren los 20 días hábiles.
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Preguntas frecuentes sobre el despido

¿Cuándo caduca el derecho a reclamar un despido?

El plazo es de 20 días hábiles desde la fecha en que el despido tiene efecto (no desde que recibes la carta). Los sábados, domingos y festivos no cuentan. La presentación de la papeleta de conciliación ante el SMAC suspende este plazo.

¿Qué es el SMAC y cómo funciona?

El SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) es el organismo público donde debes intentar la conciliación previa al juicio laboral. La empresa y tú os reunís ante un mediador para intentar llegar a un acuerdo. Si no hay acuerdo, el mediador levanta acta y puedes ir al juzgado. El proceso suele durar entre 15 y 30 días.

¿Puedo cobrar el paro mientras reclamo el despido?

Sí. Puedes solicitar la prestación por desempleo mientras tienes el procedimiento judicial en marcha. Si finalmente el despido se declara nulo y te readmiten, deberás devolver la parte del paro cobrada durante ese período.

¿Qué es un despido nulo?

Un despido es nulo cuando vulnera derechos fundamentales o existen causas de discriminación: embarazo, ejercicio de derechos sindicales, baja por enfermedad en determinadas circunstancias, etc. La consecuencia es la readmisión obligatoria con pago de los salarios de tramitación, más una posible indemnización adicional por vulneración de derechos fundamentales.

¿Tengo derecho a los salarios de tramitación?

Desde 2012, los salarios de tramitación (los días entre el despido y la sentencia) solo se abonan si el empresario opta por la readmisión en lugar de la indemnización. En los despidos declarados nulos siempre corresponden.

¿El finiquito es lo mismo que la indemnización?

No. El finiquito recoge las cantidades pendientes de pago: días trabajados del último mes, vacaciones no disfrutadas, pagas extra proporcionales, etc. La indemnización es la compensación específica por la extinción del contrato. Son conceptos distintos y ambos deben figurar por separado en la documentación que te entregue la empresa.

¿Qué pasa si la empresa no me paga la indemnización?

Si la empresa no abona la indemnización pactada o reconocida, puedes iniciar un proceso de ejecución judicial. Además, si la empresa está en concurso de acreedores, el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial) cubre hasta ciertos límites legales.

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Redactora en Keatia

Colaborador de Keatia especializado en contenido legal y recursos para profesionales del derecho.

Contenido revisado por abogados colegiados de Keatia
Tags: #derecho laboral #despido #ERE #seguridad social #abogado laboralista
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