Patricia Molina Serrano
23-02-2026
Periodo de prueba en contratos indefinidos: duración y derechos
El periodo de prueba en contratos indefinidos tiene una duración máxima de 6 meses para técnicos titulados y 2 meses para el resto (3 meses en empresas de menos de 25 trabajadores), salvo que tu convenio colectivo establezca otra cosa. Durante el periodo, cualquiera de las partes puede extinguir el contrato sin justificación, sin preaviso y sin indemnización. Mantienes salario íntegro, vacaciones y cotización a la Seguridad Social, pero no tienes derecho a paro si no completas el periodo mínimo de cotización requerido.
Qué es el periodo de prueba y para qué sirve
El periodo de prueba es la fase inicial de un contrato laboral en la que ambas partes pueden extinguirlo libremente, sin justificar la causa ni pagar indemnización. Está regulado en el art. 14 del Estatuto de los Trabajadores.
Su función es permitir a empresa y trabajador comprobar si el encaje es bueno: la empresa verifica las competencias y actitud del trabajador, y el trabajador valora si el puesto, el equipo y las condiciones reales coinciden con lo prometido. Es una herramienta de doble filo: aporta flexibilidad, pero también vulnerabilidad para el trabajador.
Duración máxima del periodo de prueba
Salvo que el convenio colectivo aplicable establezca otros plazos, los máximos legales son:
- Técnicos titulados (universitarios o de FP superior): 6 meses.
- Resto de trabajadores: 2 meses.
- Empresas de menos de 25 trabajadores (resto de personal): 3 meses.
El convenio colectivo puede ampliar o reducir estos plazos. Algunos convenios establecen 4 meses para técnicos y 15 días para no cualificados. Para saber el plazo aplicable, pide a RRHH el convenio o búscalo en el BOE/boletín oficial.
Importante: el periodo de prueba debe figurar por escrito en el contrato. Si tu contrato no lo menciona expresamente, no existe periodo de prueba aunque el convenio lo prevea como posibilidad.
Derechos del trabajador durante el periodo de prueba
Aunque sea una fase "de prueba", mantienes los mismos derechos que cualquier trabajador con contrato:
- Salario íntegro según convenio y contrato.
- Cotización a la Seguridad Social desde el primer día (cuenta para futuras prestaciones).
- Vacaciones proporcionales al tiempo trabajado.
- Pagas extraordinarias en proporción.
- Protección por accidente de trabajo y enfermedad profesional desde el primer día.
- Asistencia sanitaria en igualdad con el resto de trabajadores.
Despido durante el periodo de prueba: qué puede y qué no puede hacer la empresa
La empresa puede extinguir el contrato durante el periodo de prueba sin justificación, sin preaviso y sin indemnización. Es lo que se llama "desistimiento". Sin embargo, hay límites:
- No puede ser discriminatorio. Si la causa real es género, raza, religión, edad, discapacidad, orientación sexual o cualquier otra causa protegida, el desistimiento es nulo. Plazo para reclamar: 20 días hábiles.
- No puede vulnerar derechos fundamentales. Despido por represalia tras denunciar una irregularidad, por ejercicio de derecho de huelga, por embarazo o por reclamar derechos laborales también es nulo.
- No puede prolongar el periodo: si la empresa te mantiene 1 día más allá del plazo máximo legal o convencional, el contrato se entiende confirmado y a partir de ahí los despidos requieren causa e indemnización.
En caso de despido discriminatorio o por vulneración de derechos fundamentales, la indemnización puede incluir daños morales adicionales (6.000-30.000 € según jurisprudencia).
¿Tengo derecho a paro si me despiden en periodo de prueba?
Depende de si has cotizado suficiente. Para acceder a la prestación por desempleo necesitas haber cotizado al menos 360 días en los 6 años anteriores. Si vienes de un trabajo previo y el periodo de prueba dura poco, probablemente cumplas el requisito. Si es tu primer empleo y solo has cotizado 1-2 meses, no llegarás al mínimo.
En su defecto, podrías acceder al subsidio por desempleo si cumples los requisitos (rentas bajas, cargas familiares, etc.) o solicitar el subsidio de cotización insuficiente si tienes entre 3 y 12 meses cotizados.
¿Puede el trabajador irse durante el periodo de prueba?
Sí. Tienes el mismo derecho que la empresa: puedes extinguir el contrato sin justificación, sin preaviso y sin indemnización. Es una de las pocas situaciones donde la dimisión sin preaviso no genera descuento alguno en el finiquito.
Importante: si renuncias durante el periodo de prueba, no generas derecho a paro (no es despido), aunque sí cobras el finiquito por días trabajados, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extra.
Qué pasa cuando termina el periodo de prueba
Si llegado el último día del periodo de prueba ninguna parte ha extinguido el contrato, este se entiende confirmado automáticamente y pasa a ser un contrato ordinario. A partir de ahí:
- El despido requiere causa (objetiva, disciplinaria) o indemnización por improcedente (33 días/año).
- El trabajador necesita respetar el preaviso del convenio para dimitir.
- Aplica el régimen normal de extinción del contrato.
No hace falta firmar nada nuevo: la confirmación es automática por el transcurso del tiempo.
¿La baja médica suspende el periodo de prueba?
Sí. Si durante el periodo de prueba causas baja médica, el periodo se suspende mientras dure la baja y se reanuda al alta. Esta regla se introdujo expresamente para evitar que las empresas usaran las bajas como excusa para extender el periodo o despedir en plena baja.
Igual ocurre con permisos por riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, adopción, violencia de género o nacimiento prematuro: el periodo de prueba se suspende automáticamente.
¿Puede haber periodo de prueba en contratos temporales?
Sí, con límites más restrictivos. En contratos temporales el periodo de prueba no puede superar:
- 1 mes en contratos de duración inferior a 6 meses.
- 2 meses en contratos de 6 a 12 meses.
- El plazo general (2-6 meses) en contratos de duración superior a 12 meses.
Si el contrato es a tiempo parcial, los plazos son los mismos pero aplicados proporcionalmente a la jornada.
Errores frecuentes con el periodo de prueba
- Aceptar un periodo de prueba más largo del legal: si tu convenio dice 2 meses y el contrato pone 6, lo válido es el del convenio. La cláusula contractual abusiva es nula.
- No saber que la baja suspende el periodo: muchos trabajadores creen que el periodo de prueba avanza durante la baja y se rinden creyendo que ya está cumplido. No es así.
- Aceptar despido sin examinar la causa real: si crees que el desistimiento es discriminatorio, tienes 20 días hábiles para impugnarlo como nulo.
- Firmar baja voluntaria cuando te han presionado: si la empresa te coacciona para que dimitas en periodo de prueba para evitar problemas, esa baja puede impugnarse y convertirse en desistimiento improcedente.
Si te han despedido durante el periodo de prueba y crees que ha sido por causa discriminatoria, o tu empresa quiere imponerte un periodo de prueba más largo que el legal, consulta con un abogado laboralista en Keatia. Primera consulta gratuita.
Patricia Molina Serrano
Abogada especialista en Derecho Laboral
Abogada laboralista con amplia trayectoria en despidos, reclamaciones salariales, accidentes de trabajo y negociación colectiva. Licenciada en Derecho por la Universidad de Sevilla y Máster en Asesoría Jurídico-Laboral. Colabora con Keatia para acercar el Derecho Laboral al ciudadano con artículos claros, prácticos y siempre actualizados con la última jurisprudencia.